Reglamento (CE) 165/2014, tacógrafos Digitales.

Artículo 1

Objeto y principios

1. El presente Reglamento establece las obligaciones y requisitos relacionado con la fabricación, instalación, utilización, ensayo y control de los tacógrafos empleados en el transporte por carretera, a fin de comprobar la observancia de las disposiciones del Reglamento (CE) no 561/2006, la Directiva 2002/15/CE del Parlamento Europeo y del Consejo (4) y la Directiva 92/6/CEE del Consejo (5).
Los tacógrafos se atendrán a lo prescrito en el presente Reglamento por lo que se refiere a su fabricación, instalación, utilización y ensayo.
2. El presente Reglamento establece las condiciones y requisitos con arreglo a los cuales la información y los datos, distintos de los datos personales, registrados, tratados o almacenados
por los tacógrafos a que hace referencia el artículo 2 pueden utilizarse con fines distintos de la comprobación de la observancia de los actos mencionados en el apartado 1.

Artículo 2

Definiciones

1. A los efectos del presente Reglamento, serán de aplicación las definiciones contenidas en el artículo 4 del Reglamento (CE) no 561/2006.
2. Además de las definiciones mencionadas en el apartado 1, serán de aplicación a los efectos del presente Reglamento las siguiente definiciones:
a) «tacógrafo» o «aparato de control»: el aparato destinado a ser instalado en vehículos de carretera para visualizar, registrar,imprimir, almacenar y enviar automática o semiautomáticamente datos acerca de la marcha, incluida la velocidad, de dichos vehículos, de conformidad con el artículo 4, apartado 3, así como determinados períodos de actividad de sus conductores;
b) «unidad instalada en el vehículo»: el tacógrafo, con exclusión del sensor de movimiento y los cables que conectan este último. Puede tratarse de una sola unidad o de varias repartidas por el vehículo, a condición de que cumplan los requisitos de seguridad del presente Reglamento; la unidad
instalada en el vehículo incluye, entre otras cosas, una unidad de proceso, una memoria de datos, una función de medición de la hora, dos dispositivos de interfaz para tarjeta inteligente para el conductor y segundo conductor, una impresora, una pantalla, conectores y accesorios para la introducción de datos por el usuario;